El cotizante puede inscribir en su núcleo familiar, mediante el pago de una Unidad de Pago por Capitación -UPC- adicional, a otras personas que dependan económicamente de él y se encuentren hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, tales como hijos mayores de 25 años de edad, padre o madre,
cuando hacer una inclusión ?
Cuando algún familiar quedo desprotegido y sin su EPS es necesario hacer la inclusión al sistema de salud, Para realizar el trámite, el cotizante debe dirigirse a su correspondiente EPS, presentar la fotocopia del documento de identidad de la persona que va a incluir como beneficiario adicional y diligenciar el formulario correspondiente.
¿Cuántos beneficiarios se pueden tener en la EPS?
¿Quiénes pueden ser beneficiarios de salud en el POS? El cónyuge o compañero permanente del cotizante. Tus hijos o los hijos de tu cónyuge o compañero, menores de 18 años o entre los 18 y 25 años si son estudiantes y dependen económicamente de ti como cotizante.